Venezuela avanza construyendo Poder Popular hacia el Socialismo del Siglo XXI

Roso Grimau
rosogrimau.blogspot.com


Concepto de Poder Popular para el Socialismo del Siglo XXI


Poder Popular : Es el poder del pueblo organizado, en las más diversas y disímiles formas de participación, para la toma de decisiones en todos sus ámbitos (político, económico, social, ambiental, organizativo, internacional y otros) para el ejercicio pleno de su soberanía.

El Poder Popular es una propuesta dialéctica, en la que se deben transferir las funciones de planificación, presupuesto, toma de decisiones, ejecución y control en las que sólo vienen participando los poderes del estado burgués, transfiriéndole a toda la sociedad el conocimiento de cada una de estas funciones. Cambiando así el régimen de democracia representativa, en un régimen de democracia participativa y protagónica, en procura de la sociedad socialista, donde las instituciones del nuevo Estado Socialista se transformen otorgando todo el poder para el pueblo.

El concepto de Poder Popular surge de la visión del modelo de poder para la construcción del sistema socialista, basado en la concepción democrática constitucionalista que afirma que: "la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, del cual dimana todo el Poder Popular". De lo cual se desprende que en el Poder Popular se sustentan todas las formas de organización democrática del Estado, del Poder Público y de la Sociedad, siendo todas éstas en la democracia socialista fieles depositarias de la soberanía popular y estando por lo tanto obligadas a la rendición de cuentas al pueblo soberano.

En este sentido el Poder Popular se ejerce y expresa legítimamente a través de todos los medios organizados de participación ciudadana y protagonismo político; su ejercicio es directo en las Asambleas y Órganos (Consejos) del Poder Popular, e indirecto a través del sufragio, tanto para la elección de representantes a las distintas instancias del poder popular (poderes públicos), como para la toma de decisiones trascendentales en los diversos tipos de referéndum disponibles en cada legislación nacional.


Aporte de esta definición de Poder Popular al proceso bolivariano

En base a la conceptualización anterior extraída de nuestra praxis diaria en estos últimos años, como un aporte teórico a la dialéctica de esa misma praxis, y bajo nuestra consigna construyendo el Poder Popular hacia el Socialismo, teniendo bien en claro lo que entendemos desde un punto de vista marxista por Poder Popular, podemos pasar a analizar la urgente necesidad en este momento de quiebre con la realidad neoliberal burguesa preexistente en todas nuestras instituciones públicas, para dar un contundente apoyo a la próxima aprobación en la Asamblea Nacional del actual anteproyecto de Ley Orgánica de Participación Ciudadana y Poder Popular, de manera de sentar el marco jurídico que posibilite la transformación de todos los poderes del Estado burgués en verdaderos Poderes del Poder Popular, que no sólo utilicen ese epíteto panfletario, sino que comiencen a mutar sus estructuras burocratizadas e ineficientes, para convertirse en parte real del Poder Popular dándole participación directa al pueblo dentro de sus funciones específicas en cada uno de los 5 poderes de nuestro país, desplazando buena parte de sus centros elitescos de poder a las propias bases populares, únicas depositarias de la soberanía popular.

Esta nueva Ley pasaría a constituirse en uno de los instrumentos jurídicos fundamentales para el establecimiento de las nuevas relaciones de equidad y de la práctica cotidiana de la democracia participativa y protagónica en nuestra Venezuela. Siendo importante su discusión en el seno de las comunidades para que dicha Ley coloque la participación popular en un ámbito de mayor dinamismo social acorde al marco jurídico de nuestra Constitución Bolivariana. No se trata de que el pueblo soberano tan solo participe en discutir, proponer y promover leyes, sino que a partir de esta nueva Ley Orgánica, se le transfiera al pueblo la posibilidad de ir adquiriendo la capacidad soberana de propiciarlas, redactarlas y practicarlas coherentemente en un nuevo dinamismo jurídico, legal y socio-cultural, que defina al mismo tiempo los mecanismos propios de esta participación, y les de su forma jurídica definitiva.

El Parlamento Comunal sería el espacio de protagonismo para ejercer ese dinamismo necesario para que las comunidades no sólo tengan la capacidad social de aplicar las leyes revolucionarias, sino también la capacidad socio-cultural y jurídica para hacer la Ley, elaborarla, proponerla y promoverla, siendo la Asamblea Nacional el espacio final donde se aprueben conjuntamente con las comunidades organizadas, todas las leyes que a partir de la entrada en vigencia de esta Ley emanarían directamente del ejercicio jurídico de la soberanía popular en su nuevo rol legislativo, comenzando a crear así una nueva Jurisprudencia Popular.

Evolucionando así del simple parlamentarismo de calle actual, desarrollado por ahora como el trabajo del nuestros diputados en la calle con la gente realizando talleres, revisando los artículos y proponiendo leyes. Ese tipo de parlamentarismo social se transformaría en el Parlamento Comunal, que debe funcionar cotidianamente en las comunidades como mecanismo de verdadera soberanía popular para la participación protagónica directa. Así la participación popular en el ámbito legislativo debe generar su propia estructura popular, lo protagónico sería esa jurisprudencia popular ejercida a través de los Parlamentos Comunales, de los cuales la Asamblea Nacional sería una expresión específica y singular, por sus funciones de darle a la nación las leyes para las transformaciones exigidas por las masas populares durante todo el transcurso propio de la historia como parte de la humanidad en proceso dialéctico de evolución política.

Este Parlamento Comunal se debe ir construyendo socialmente a través del ejercicio cotidiano de la verdadera soberanía popular. Las comunidades tendrían en sus manos los proyectos de leyes, proyectos que también nazcan de nuestro pueblo organizado, practicando socialmente la capacidad popular de producir leyes, promoverlas y ejecutarlas, en un proceso colectivo de aprehender haciéndolo socialmente. Estos deberán existir en todas partes, para ir evolucionando conformando este nuevo tipo de ejercicio legislativo que nos asegurará una verdadera soberanía popular intransferible, en la búsqueda de leyes ejemplares para la transformación permanente de nuestra realidad.

Algunas propuestas del anteproyecto de Ley Orgánica de Participación Ciudadana y Poder Popular son:

Objeto de la Ley: Artículo 1 . La presente Ley tiene por objeto propiciar el desarrollo de políticas y sus instrumentos legales y sociales, de mecanismos y normas relativas a garantizar, organizar e impulsar la Participación Ciudadana y el desarrollo del Poder Popular, participación expresada en forma directa, bien sea individual o colectiva, mediante la formulación de Políticas Públicas para darle consistencia social, material y cultural al hecho de la participación protagónica consagrada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Ámbito de Aplicación: Artículo 2 . La presente Ley tiene como ámbito de aplicación todas las organizaciones de la Nación y se aplicará en los diferentes niveles del Poder Público: parroquial, municipal, estadal y nacional sin perjuicio de las que se establezcan en otras normas resultantes de la dinámica social.

Participación Ciudadana, Protagónica y Corresponsable: Artículo 3 . A los efectos de la presente Ley se entiende por participación ciudadana, protagónica y corresponsable, la disposición consciente de las personas a involucrarse de manera individual o colectiva en la formulación, proyección, ejecución, control social y evaluación de las políticas públicas, que permitan la consolidación constitucional de un Estado democrático y social de derecho y de justicia.

Poder Popular: Artículo 4 . Es la participación amplísima del pueblo que se traduce en su organización desde su diversidad y tiene como propósito configurar su participación, tomar decisiones y ejercer el control social ciudadano permanente a través de los diversos instrumentos de participación creados para tal fin en el ejercicio intransferible de su soberanía.

Esta Ley permitiría abrir amplios espacios para la participación de las comunidades y debe servir de impulso para que las relaciones comunidad-gobierno no sean marcadas por el creciente burocratismo. Cada vez más el poder debe ser transferido y apropiado por las comunidades, convertidas éstas en el centro dinámico de sus propias prácticas, potenciando en todas sus formas la capacidad del gobierno bolivariano y revolucionario.

La base de toda esta propuesta es el colectivo, la base para todo. Todo está sostenido por las bases del pueblo venezolano, allí en su vientre está el poder constituyente originario, esa poderosa fuerza capaz de moverlo todo y de transformarlo. A esa fuerza es que tenemos que acudir, la que está en el barrio adentro, en el campo adentro, en la selva adentro, en cada rincón de la patria están sus signos, sus fuertes brazos deben sacudir las viejas estructuras burguesas que aun persisten y le hacen un daño enorme a la sociedad venezolana, ese conjunto dialéctico y contradictorio que debe ponerse de acuerdo para descubrir y fundar siempre un mundo mejor, allí es donde están los motores constituyentes propuestos por el comandante Chávez y que se activan cada vez más. Esta es la gran facultad creativa de la revolución para descubrir y fundar. En la presente etapa revolucionaria el pueblo debe consolidar su avance, los colectivos organizados, nuestras políticas y nuestras leyes deben coincidir en este hermoso parto: el Socialismo del Siglo XXI. Es el desafío de la vida frente a una cultura de muerte que quieren imponernos, insurgiendo contra el capitalismo que ha depredado a la humanidad y a todos nuestros espacios vitales.

La Asamblea Nacional así deberá transformarse para darle paso real y oportuno a una nueva forma de legislar del propio poder constituyente originario, atributo exclusivo e intransferible de los pueblos para crear o cambiar las estructuras jurídico-legales que lo atajan en su tránsito histórico hacia su liberación definitiva en la construcción del socialismo real. Igual proceso deberá acontecer luego con el resto de los Poderes Públicos.

Esta transformación debe contemplar la capacidad de nuestro pueblo para producir cambios específicos, y conjugar esfuerzos para producir la ciudadanía bolivariana revolucionaria que nos permita derrotar ese caudal de vicios heredados de la cuarta república y de un sistema de partidos y dirigentes colocados por encima de las comunidades y del pueblo. Así, los espacios populares y comunitarios los concebimos como centros dinamizadores de los motores constituyentes originarios, allí está contenida toda la fuerza creadora que sabrá superar las divisiones enconadas producto de un eterno conflicto por el poder, la fuerza que nos conducirá inexorablemente hacia un modelo que supere al capitalismo, que lo desplace en todas sus ecuaciones y lo sepulte con una nueva “geometría” capaz de dibujar un pueblo dichoso culturalmente, exitoso en lo económico, y que eternice en el socialismo el anhelo de nuestro Libertador Simón Bolívar de alcanzar la mayor suma de felicidad colectiva posible.

En este mismo sentido, es que a comienzos del 2006 realicé el planteamiento en la de la fracción parlamentaria del PCV y su respectivo grupo de opinión, con la idea que en la discusión del nuevo reglamento de interior y debate de la Asamblea Nacional se cambiara la dinámica legislativa, de forma que las sesiones en el Palacio Legislativo se realizaran durante la primera quincena de cada mes y la segunda quincena se dedicara a desarrollar el Parlamentarismo Popular con sesiones de los diputados con la masa electoral de los circuitos donde fue electo, si bien la propuesta fue bien acogida dentro del PCV, esta no prosperó en ses momento dentro del ente legislativo, sin embargo ante la propuesta del Parlamento Comunal me parece oportuno retomarla.

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FUENTES: Artículo: Soberanía Contrahegemónica y Poder Popular. Autor: Roso Grimau. Fecha: 09/10/2009. Publicado en: Rebelión, Aporrea, Tribuna Popular y Kaosenlared. http://www.pcv-venezuela.org/index.php?option=com_content&task=...
Artículo: ¿Con qué se come el Poder Popular?. Autor: Roso Grimau. Fecha: 06/03/2007. Publicado en: Rebelión, Aporrea, Tribuna Popular y Kaosenlared http://www.aporrea.org/poderpopular/a31512.html

Fuente: http://rosogrimau.blogspot.com/2010/02/venezuela-avanza-construyendo-poder.html

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